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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio Nº 12202
26 de setiembre de 2005
DAGJ-2912-2005
Señor
Roberto M. González Cordero
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES
Estimado señor:
Asunto: Se deniega a la Municipalidad de Turrubares la solicitud para que se autorice la venta directa de un vehículo propiedad de esa entidad, por un monto de ¢500.000.00.
Damos respuesta al documento recibido en fecha 12 de septiembre pasado, mediante el cual solicita que se autorice vender de manera directa un vehículo marca Isuzu Tropper, placa SM 002909, año 1990, motor A901031UHJ, chasis N° JACCH58R4L8913449, puesto en remate por esa Municipalidad en varias ocasiones.
I.- Justificación de la solicitud:
De conformidad con lo que se indica en su oficio, esa entidad ha promovido cuatro remates a los cuales no han acudido oferentes.
Sin embargo, sostienen que a la fecha han recibido una oferta por un monto de ¢500.000.00, más los costos por derechos de circulación que se encuentran pendientes.
Remiten copias de las actas de los cuatro remates realizados, en las que se evidencia que el precio base en estos procedimientos fue variado.
No se remiten los avalúos administrativos que respaldan esa fijación de precios base.
II.- Criterio para resolver:
El remate constituye uno de los procedimientos que el legislador le facilitó a la Administración Pública para la realización de una venta o un arrendamiento de bienes muebles o inmuebles de su propiedad, siempre que se considere que éste es el medio más apropiado para satisfacer los intereses públicos (artículo 49 de la Ley de Contratación Administrativa).
Como regla de principio en este tipo de procedimiento, la base económica para iniciar el proceso debe ser siempre igual al monto del avalúo administrativo que necesariamente debe realizarse en estos casos.
La única excepción a este precepto se da cuando ha habido preliminarmente un remate o una licitación infructu ...
Fecha publicación: 02/10/2005
Fecha emisión: 29/09/2005
Institución: MUNICIPALIDAD DE PALMARES
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES ANTERIORES AL 2005
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio Nº 12145
26 de setiembre de 2005
DAGJ-2893-2005
Señor
Mario Alberto Rojas Salas
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE PALMARES
Estimado señor:
Asunto: Se deniega a la Municipalidad de Palmares la autorización para dar en arriendo un inmueble de su propiedad al Instituto Costarricense de Electricidad.
Damos respuesta a su oficio DE-975-05, recibido en la Contraloría General el pasado 1 de septiembre, mediante el cual solicita autorización para dar en arrendamiento un lote propiedad de la Municipalidad al Instituto Costarricense de Electricidad.
I.- Justificación de la solicitud:
Nos indica en su oficio que, esa Municipalidad es propietaria de un lote ubicado en el distrito 01, bloque 04, predio 43 del centro del cantón.
Este había sido arrendado desde el 14 de marzo de 1999 al Instituto Costarricense de Electricidad y es utilizado como patio de almacenamiento de postes, herrajes y materiales varios.
Este arriendo es de gran interés público, ya que sirve de almacén para guardar insumos que se utilizan para reparar las averías que se presentan en todo el valle central occidental. Es considerado así, como un predio estratégico.
De no continuarse con el arriendo, se causaría un grave perjuicio a los servicios públicos de atención de averías.
El Instituto Costarricense de Electricidad les ha solicitado prorrogar el contrato por un período de cuatro meses.
II.- Criterio para resolver:
En relación con la solicitud para que se le autorice a esa Municipalidad el arrendar un bien público de su propiedad al Instituto Costarricense de Electricidad, debemos indicarle que a partir de la excepción que contempla el artículo 2 inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 78 de su Reglamento General —numerales que permiten excluir de los procesos concursales ordinarios la actividad contractual desarrollada entre entes de derecho público, es decir como en est ...
Fecha publicación: 01/10/2005
Fecha emisión: 28/09/2005
Institución: MUNICIPALIDAD DE PALMARES
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES ANTERIORES AL 2005
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio Nº 11302
6 de setiembre, 2005
DAGJ-2674-2005
Señor
Mario Alberto Rojas Salas
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE PALMARES
Estimado señor:
Asunto: Se autoriza a la Municipalidad de Palmares el inicio del procedimiento ordinario para la contratación de los servicios de recolección, transporte, tratamiento y disposición de desechos sólidos, con base en lo dispuesto en los artículos 8 de la Ley de Contratación Administrativa y 10.3 de su Reglamento.
Damos respuesta al oficio DE-928-2005, recibido en esta Contraloría General el día 23 de agosto pasado, mediante el cual solicita nuestra autorización para dar inicio a un procedimiento licitatorio para la contratación de los servicios de recolección, transporte, tratamiento y disposición de desechos sólidos de ese cantón, con base en lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa y el numeral 10.3 de su Reglamento General.
I-. Justificación de la Solicitud:
De acuerdo con lo expuesto en el oficio, la contratación de este servicio se está contemplando en el presupuesto extraordinario 03-2005 y la partida en la que se incluye esta erogación está sujeta a la aprobación por parte de la Contraloría General.
En virtud de lo anterior, nos solicitan autorización para iniciar la licitación pública correspondiente sin contar a esta fecha con el contenido presupuestario que la respaldaría económicamente.
II.- Criterio del Despacho:
En el caso particular, la Administración de una manera muy general solo indica que pretende iniciar en este año, un proceso licitatorio para contratar los servicios de recolección, transporte, tratamiento y disposición de desechos sólidos de ese cantón, aun cuando todavía no tienen aprobados los fondos incluidos en el presupuesto del próximo año.
De esta forma, partimos de que al tratarse del desarrollo de una licitación pública, es decir del procedimiento más formal y extenso que conte ...
Fecha publicación: 16/09/2005
Fecha emisión: 13/09/2005
Institución: MUNICIPALIDAD DE PALMARES
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES ANTERIORES AL 2005
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 09542
08 de agosto de 2005
DAGJ-2294-2005
Señor
Mario Alberto Rojas Salas
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE PALMARES
Estimado señor:
Asunto: Se concede autorización para dar inicio a un procedimiento de contratación sin contar con la totalidad del contenido presupuestario, condicionado esto a que no se haya dado inicio a la publicidad del cartel.
Damos respuesta a oficio DE-790-05 de 20 de julio del 2005, recibido en esta Contraloría General el pasado 21 de julio, donde solicita nuestra autorización según lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa y 10.3 de su Reglamento General.
Manifiesta que esa Municipalidad está promoviendo la Licitación por Registro 05-2005 para la reconstrucción de un camino en el sector de Coopavegra de Palmares Centro. Para ello cuentan con la suma de quince millones de colones y el proyecto tiene un costo de veintiséis millones cuatrocientos mil colones, por lo que hacen falta once millones cuatrocientos mil colones.
Señala que poseen en una cuenta determinada, un saldo de treinta y cinco millones de colones al 31 de diciembre del 2004, con lo que se pretende costear la licitación. Sobre este aspecto formula también consulta en cuanto a que si el dinero de caja única se presume como disponible o, si para iniciar un procedimiento de licitación, debe haber ingresado a las arcas municipales.
Solicita autorización para llevar a cabo la licitación indicada, según lo disponen los artículos 8 de la Ley de Contratación Administrativa y 10 de su Reglamento General. Pide se le aclare hasta qué momento de la licitación se puede llegar sin tener el contenido presupuestario.
Nuestro criterio:
El artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa dispone:
“ARTICULO 8.- Disponibilidad presupuestaria.
Para iniciar el procedimiento de contratación administrativa, es necesario contar con recursos presupuestarios ...
Fecha publicación: 12/08/2005
Fecha emisión: 09/08/2005
Institución: MUNICIPALIDAD DE PALMARES
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES ANTERIORES AL 2005
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 0 0 8 8 8
25 de enero, 2005
DAGJ-0191-2005
Señor
Mario Alberto Rojas Salas
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE PALMARES
Estimado señor:
Asunto: Se aprueba la solicitud para que la Municipalidad de Palmares entienda que la autorización concedida mediante oficio 15015-2004, lo es para la construcción de una planta de tratamiento de aguas, por ¢15.038.216,64.
Damos respuesta a su oficio DE—046-05, del 18 de enero pasado; por él expone, para efectos de autorización, lo siguiente:
I.
Antecedentes
a) El Ministerio de Salud ha rechazado los proyectos propuestos para la construcción de la tubería pluvial y sanitaria del mercado municipal, por lo cual se debe cambiar el objeto de la contratación a una planta de tratamiento de aguas para dar cumplimiento a lo dispuesto en Voto 1431-03 de la Sala Constitucional; el objeto es dar respuesta al problema sanitario producido en el sitio dicho, antes de febrero del presente año para evitar su cierre.
b) Señala que el órgano contralor había autorizado (15015-2004) la construcción de la tubería pluvial, siendo que lo que se debe construir es una planta de tratamiento de aguas.
c) Por lo expuesto, requiere nuevamente autorización de este despacho, por ¢15.038.216,64.
II. Criterio del despacho
Al amparo de los artículos 2, inciso h) de la Ley de Contratación Administrativa y 83 de su Reglamento General, este órgano contralor había autorizado el pasado 24 de noviembre (oficio 15015-2004; DAGJ-3220-2004), proceder directamente con la construcción de la tubería pluvial y sanitaria del mercado municipal de Palmares. En la especie lo que se pretende es solo redefinir el objeto de la venia; así, lo requerido es una planta de tratamiento de aguas en el lugar indicado, solicitud para la cual no se encuentra impedimento alguno. Eso sí, el monto autorizado y las condiciones establecidas en el oficio citado, permanecen vigentes, salvedad hecha de ...
Fecha publicación: 29/01/2005
Fecha emisión: 26/01/2005
Institución: MUNICIPALIDAD DE PALMARES
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES ANTERIORES AL 2005
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 15015
24 de noviembre, 2004
DAGJ-3220-2004
Señor.
Mario Alberto Rojas Salas.
Alcalde Municipal.
MUNICIPALIDAD DE PALMARES
Estimado señor:
Asunto: Se autoriza la contratación en forma directa de “construcción de tubería pluvial y sanitaria del mercado municipal de Palmares” por un monto total de quince millones treinta y ocho mil doscientos dieciséis colones con sesenta y cuatro céntimos.-
Nos referimos a su oficio DE-842-04 de fecha 04 de noviembre del 2004, complementado a solicitud de este Despacho mediante oficio DE-859-04 de fecha 16 de noviembre del 2004, mediante el cual solicita nuestra autorización para contratar en forma directa la “construcción de tubería pluvial y sanitaria del mercado municipal de Palmares” por un monto total de ¢15.038.216,64 (quince millones treinta y ocho mil doscientos dieciséis colones con sesenta y cuatro céntimos).
I. ANTECEDENTES DE LA SOLICITUD.
De importancia para la resolución de la presente gestión cabe resaltar los siguientes elementos:
1) Que la Sala Constitucional en voto 1431-03, expediente 02007756-0007-CO requirió a la Municipalidad de Palmares una solución definitiva al problema sanitario producido por el mercado municipal
2) Que la solución debe estar lista antes de febrero del 2005.
3) Que el presupuesto que contempla la erogación fue aprobado por la Contraloría el 19 de octubre del 2004.
II. CRITERIO DEL DESPACHO.
Vistas las justificaciones y antecedentes que rodean la solicitud bajo estudio, este Despacho de conformidad con la normativa vigente y los principios que rigen la contratación administrativa, y con fundamento jurídico en el artículo 2 inciso h) de la Ley de Contratación Administrativa considera procedente dar la autorización solicitada para contratar en forma directa la “construcción de tubería pluvial y sanitaria del mercado municipal de Palmares” por un monto total de ¢15.038.216,64 (quince ...
Fecha publicación: 03/12/2004
Fecha emisión: 30/11/2004
Institución: MUNICIPALIDAD DE PALMARES
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES ANTERIORES AL 2005
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA